Cuando se ha partido de aquí de esta vida, ya no es posible hacer penitencia y no tiene efecto la satisfacción. Aquí se pierde o se gana la vida.
San Cipriano
* * *
La satisfacción
La absolución dada por el sacerdote a un penitente que confiesa sus pecados con las disposiciones apropiadas, remite tanto la culpa como el castigo eterno (del pecado mortal). Sin embargo, permanece una especie de deuda con la justicia Divina que debe ser cancelada aquí o en el más allá. Para ser cancelada, el penitente recibe de su confesor lo que usualmente se llama «penitencia», en la forma de ciertas oraciones que el penitente debe decir o ciertas acciones que debe realizar, tal como visitas a una iglesia, las Estaciones de la Cruz, etc. Limosnas, proezas, ayunos, y oraciones que son los medios más importantes de satisfacción, aunque pueden ser impuestas, otras obras penitenciales.
La calidad y extensión de la penitencia está determinada por el confesor de acuerdo a la naturaleza de los pecados revelados, las circunstancias especiales del penitente, su responsabilidad de recaer, y la necesidad de erradicar hábitos malignos. A veces, la penitencia es tal que debe ser realizada inmediatamente; en otros casos puede requerir más o menos un tiempo considerable como por ejemplo, lo que sea prescrito para cada día durante una semana o mes. Pero incluso entonces, el penitente puede recibir otro sacramento (ejemplo, la Santa Comunión) inmediatamente después de la confesión, dado que la absolución restaura al penitente al estado de gracia. Está sin embargo, bajo la obligación de continuar la realización de su penitencia hasta que esté completa.
En lenguaje teológico, esta penitencia es llamada satisfacción y es definida, en las palabras de Santo Tomás: «El pago de un castigo temporal debido y a cuenta de una ofensa cometida contra Dios por el pecado» (Suppl. A la Summa, Q. XII, a. 3). Es un acto de justicia requerido por la injuria hecha al honor de Dios, hasta el punto al menos donde el pecador pueda reparar (poena vindicativa); también es un remedio preventivo en tanto y en cuanto tiene la intención de impedir la posterior comisión del pecado (poena medicinalis). La satisfacción no es, como la contricción y la confesión, una parte esencial del sacramento, porque el efecto primario, es decir, la remisión de la culpa y el castigo temporal—se obtienen sin la satisfacción; aunque si es una parte integral porque es requisito para obtener el efecto secundario- es decir, la remisión del castigo temporal. La doctrina Católica fue establecida en este punto por el Concilio de Trento, que condena la proposición: «Que el castigo completo es siempre remitido por Dios junto con la culpa, y la satisfacción requerida de los penitentes no es otra que fe a través de la cual ellos creen que Cristo lo ha satisfecho por ellos»; y más aún, la proposición: «Que las llaves fueron dada a las Iglesia sólo para soltar y no para atar también; y que por esto, al imponer penitencia sobre aquellos que se han confesado, los sacerdotes actúan contrariamente al propósito de las llaves y la institución de Cristo; que es una ficción (decir) que luego que el castigo eterno ha sido perdonado en virtud de las llaves, usualmente queda pagar una pena temporal» (Can. «de Sac. poenit.» , 12, 15; Denzinger, «Enchir.», 922, 925).
Contra los errores contenidos en estas declaraciones, el Concilio (Sesión XIV, c. VIII) cita ejemplos conspicuos de las Sagradas Escrituras. La más notable de ellas es el juicio pronunciado sobre David: «Y dijo Natán a David: El Señor ha remitido tu pecado; no morirás. Más, por cuanto con este asunto hiciste blasfemar a los enemigos de Jehová, el hijo que te ha nacido ciertamente morirá» (Samuel xii, 13, 14). El pecado de David fue perdonado y sin embargo tuvo que sufrir castigo por la pérdida de su hijo. La misma verdad es enseñada por San Pablo (I Cor., xi, 32): «más siendo juzgados, somos castigados por el Señor, para que no seamos condenados con el mundo». El castigo mencionado aquí es un castigo temporal, pero un castigo para la Salvación. «De todas las partes de la penitencia» dice el Concilio de Trento (op.cit), «la satisfacción fue recomendada constantemente por nuestros Padres». Esto fue admitido por los mismos Reformistas. Calvino (Instit., III, iv, 38) dice que toma poco en cuenta lo que los antiguos escritos contienen en relación a la satisfacción porque «prácticamente todos aquellos libros existentes fueron desviados sobre este punto o hablaban muy severamente». Chemnitius («Examen C. Trident.», 4) admite que Tertuliano, Cipriano, Ambrosio y Agustín, ensalzaron el valor de las obras penitenciales; y Flacio Illyricus en las «Centurias» tiene una larga lista de Padres y escritores primitivos quienes, como el admite, los señala como testigos de la doctrina de satisfacción. Algunos de los textos ya citados (Confesión) mencionan expresamente la satisfacción como parte de la penitencia sacramental. A éstos se puede agregar San Agustín quien dice que «El Hombre es forzado a sufrir incluso después de haberse perdonado sus pecados, aunque fue el pecado que lo llevó a esta penalidad. Porque el castigo sobrevive a la culpa, no sea que la culpa deba ser pensada leve si con su perdón, el castigo también termine» (Tract. CXXIV, «En Joann.», n. 5, in P.L., XXXV, 1972); San Ambrosio: «Tan eficaz es la medicina de la penitencia que (en vista de ella) Dios parece que deroga Su sentencia» («De poenit.», 1, 2, c. VI, n. 48, in P.L., XVI, 509); Cesareo de Arles: «Si en la tribulación, no agradecemos a Dios ni nos redimimos de nuestras faltas a través de buenas obras, deberemos ser detenidos en el fuego del purgatorio hasta que los pecados mas leves sean quemados como la madera o la paja» (Sermo CIV, n. 4). Entre los motivos para hacer penitencia sobre lo cual los Padres insistían más frecuentemente es este: Si tu castigas tu propio pecado, Dios te eximirá; pero en ningún caso el pecado quedará sin castigo. O nuevamente ellos declaran que Dios quiere que realicemos la satisfacción de manera que nosotros despejemos nuestras deudas con Su justicia. Es por lo tanto con buena razón que los concilios anteriores – ejemplo Laodicea (372 D.C.) y Cártago IV (397) – enseñan que la satisfacción es para ser impuesta a los penitentes; Y el Concilio de Trento no hace sino reiterar la creencia y práctica tradicional cuando hace obligatorio al confesor, el dar «penitencia». Por lo tanto, también la práctica de otorgar indulgencias, a través de la cual la Iglesia va en asistencia al penitente y pone a su disposición los tesoros de los méritos de Cristo. Las indulgencias, aunque están conectadas muy de cerca con la penitencia, no son parte del sacramento; ellas presuponen la confesión y absolución, y son propiamente llamadas remisiones extra sacramentales del castigo temporal incurrido por el pecado.
Nota: ver también el magisterio de la Iglesia acerca de la satisfacción.
Llama con tu oración a su puerta, y pide, y vuelve a pedir. No será Él como el amigo de la parábola: se levantará y te socorrerá; no por aburrido de ti: está deseando dar; si ya llamaste a su puerta y no recibiste nada, sigue llamando que está deseando dar. Difiere darte lo que quiere darte para que más apetezcas lo diferido; que suele no apreciarse lo aprisa concedido.
San Agustín
* * *
Oración para antes o después del sacramento de la Reconciliación
¡Oh señor!
Presento mis culpas ante Tu presencia,
y quiero recordar las miserias que me han ocasionado.
Si pienso en el mal que he hecho,
muy poco es lo que padezco,
y mucho más lo que he merecido.
Muy grave es la culpa cometida,
y muy insignificante el castigo que sufrí.
Siento la pena del pecado,
pero no quiero evitar las ocasiones de pecar.
Cuando me castigas desfallece mi flaqueza,
y a pesar de eso, no dejo el pecado.
Mi conciencia siente el remordimiento,
pero mi orgullo no quiere doblegarse.
Mi vida está llena de miserias,
pero no se corrige en sus obras.
Señor, si tienes paciencia conmigo, o me corrijo,
y si me castigas,
muy poco dura mi enmienda.
Cuando soy castigado,
reconozco el mal que he hecho,
y cuando ha pasado vuestro castigo,
ya no me acuerdo de aquello mismo por lo que lloré.
Si levantas Tu mano para castigarme,
prometo corregirme,
si suspendes Tu castigo,
no cumplo lo que te he prometido.
Si me castigas,
te pido que me perdones,
si me perdonas,
otra vez te ofendo para que me castigues.
Aquí me tienes, señor,
culpable y confesando haberte ofendido,
y harto sé que si no me perdonas con toda justicia,
tendrías que condenarme.
¡Oh Padre Omnipotente!
¡Oh Padre mio!
Aunque sin mérito alguno de mi parte,
Concédeme lo que te pido,
ya que me has creado de la nada,
para que te rogase.
Te lo pido por los méritos de Nuestro Señor Jesucristo.
Amén.
* * *
Nota: esta oración es un «arreglo o variación» de la oración original de san Agustín del Devocionario Católico de 1959. Podéis leer la oración original en el blog de Angélica Pajares.
Os presentamos aquí estas oraciones para el acto de contrición en formato vídeo para todos aquellos que realizan un aprendizaje más fácil mediante la forma oral.
Estas oraciones han demostrado su eficacia a lo largo de los años. Como siempre, os aconsejamos aprender y comprender todos los actos que realizamos los católicos, por lo cual os recomendamos la lectura del apartado anterior en el que se explica qué es el acto de contrición e, incluso, repasar el magisterio de la iglesia sobre la oración.
Dios mío, me arrepiento de todo corazón de todo lo malo que he hecho y de lo bueno que he dejado de hacer; porque pecando te he ofendido a ti, que eres el sumo bien y digno de ser amado sobre todas las cosas.
* * *
La contrición como «un intenso dolor y detestación del pecado cometido, con propósito de no pecar en adelante». La definición implica tres actos de la voluntad: dolor del alma, aborrecimiento del pecado, propósito. La contrición es el elemento primario y más necesario del sacramento de la penitencia y fue en todos los tiempos condición indispensable para obtener el perdón de los pecados.
Si queréis profundizar y tener un conocimiento doctrinal sólido, os recomendamos leeros estos artículos en el orden que os presentamos, los cuales exponen el magisterio de la Iglesia:
Os presentamos aquí estas oraciones para el acto de contrición. Oraciones cuya eficacia ha sido probada a lo largo de los años. Como siempre, os aconsejamos aprender y comprender todos los actos que realizamos los católicos, por lo cual os recomendamos la lectura del apartado anterior en el que se explica qué es el acto de contrición e, incluso, repasar el magisterio de la iglesia sobre la oración.
Oraciones para el acto de contrición
Acto penitencial
Yo confieso ante Dios Todopoderoso y ante vosotros, hermanos,
que he pecado mucho de pensamiento, palabra, obra y omisión,
por mi culpa, por mi culpa, por mi gran culpa.
Por eso ruego a Santa María, siempre Virgen,
a los ángeles, a los santos y a vosotros, hermanos,
que intercedáis por mi ante Dios, nuestro Señor.
Amén.
* * *
Acto de contrición
Pésame Dios mío y me arrepiento de todo corazón de haberte ofendido.
Pésame por el infierno que merecí y por el cielo que perdí;
pero mucho más me pesa porque pecando ofendí a un Dios tan bueno y tan grande como Tú;
antes querría haber muerto que haberte ofendido,
y propongo firmemente —ayudado por tu divina gracia—
no pecar más y evitar las ocasiones próximas de pecado.
Amén.
* * *
Acto de contrición
¡Señor mío Jesucristo!,
Dios y Hombre verdadero,
Creador, Padre y Redentor mío;
por ser quien sois, Bondad infinita,
y porque os amo sobre todas las cosas,
me pesa de todo corazón haberos ofendido;
también me pesa porque podéis castigarme con las penas del infierno.
Ayudado de vuestra divina gracia,
propongo firmemente nunca más pecar,
confesarme y cumplir la penitencia que me fuera impuesta.
Amén.
* * *
Acto de Contrición
Señor mío, Jesucristo, Dios y hombre verdadero,
Creador, Padre y Redentor mío;
por ser Tú quien eres y porque te amo sobre todas las cosas,
me arrepiento de todo corazón de todo lo malo que he hecho
y de todo lo bueno que he dejado de hacer,
porque pecando te he ofendido a Ti,
que eres el sumo bien
y digno de ser amado sobre todas las cosas.
Ofrezco mi vida, obras y trabajos en satisfacción de mis pecados.
Propongo firmemente, con la ayuda de tu gracia,
hacer penitencia, no volver a pecar y huir de las ocasiones de pecado.
Señor, por los méritos de tu pasión y muerte,
apiadate de mí, y dame tu gracia para nunca más volverte a ofender.
Purifícame con el hisopo y quedaré limpio; lávame, y quedaré más blanco que la nieve. Anúnciame el gozo y la alegría: que se alegren los huesos quebrantados.
Salmo 50, 1-8
La contrición como «un intenso dolor y detestación del pecado cometido, con propósito de no pecar en adelante». La definición implica tres actos de la voluntad: dolor del alma, aborrecimiento del pecado, propósito. La contrición es el elemento primario y más necesario del sacramento de la penitencia y fue en todos los tiempos condición indispensable para obtener el perdón de los pecados.
Si queréis profundizar y tener un conocimiento doctrinal sólido, os recomendamos leeros estos artículos en el orden que os presentamos, los cuales exponen el magisterio de la Iglesia:
La contrición saludable ha de ser interna, sobrenatural, universal y máxima en cuanto a la valoración.
Interna: cuando es acto del entendimiento y de la voluntad. Pero por ser parte del signo sacramental, debe manifestarse también al exterior.
Sobrenatural: cuando se verifica bajo el influjo de la gracia actual (Cf Catecismo 2000 y 2001) y se concibe el pecado como una ofensa a Dios (atención porque esto es muy importante: hay gente que se confiesa de sus «fallos», pero no ven en sus pecados una ofensa personal a Dios: hay que hacer una verdadera catequesis hoy en este campo). El arrepentimiento puramente natural no tiene valor saludable (Dz. 813,1207).
Universal: cuando se extiende a todos los pecados graves cometidos. No es posible que un pecado mortal se perdone desligado de todos los demás.
Máxima en cuanto a la valoración: cuando el pecador aborrece el pecado como el mayor mal y está dispuesto a sufrir cualquier mal antes que ofender a Dios de nuevo con culpa grave.
La contrición llamada «imperfecta» (o «atrición») es también un don de Dios, un impulso del Espíritu Santo. Nace de la consideración de la fealdad del pecado o del temor de la condenación eterna y de las demás penas con que es amenazado el pecador. Tal conmoción de la conciencia puede ser el comienzo de una evolución interior que culmina, bajo la acción de la gracia, en la absolución sacramental.
* * *
VII. Los actos del penitente
1450 «La penitencia mueve al pecador a soportarlo todo con el ánimo bien dispuesto; en su corazón, contrición; en la boca, confesión; en la obra, toda humildad y fructífera satisfacción» (Catecismo Romano 2,5,21; cf Concilio de Trento: DS 1673) .
La contrición
1451 Entre los actos del penitente, la contrición aparece en primer lugar. Es «un dolor del alma y una detestación del pecado cometido con la resolución de no volver a pecar» (Concilio de Trento: DS 1676).
1452 Cuando brota del amor de Dios amado sobre todas las cosas, la contrición se llama «contrición perfecta»(contrición de caridad). Semejante contrición perdona las faltas veniales; obtiene también el perdón de los pecados mortales, si comprende la firme resolución de recurrir tan pronto sea posible a la confesión sacramental (cf Concilio de Trento: DS 1677).
1453 La contrición llamada «imperfecta» (o «atrición») es también un don de Dios, un impulso del Espíritu Santo. Nace de la consideración de la fealdad del pecado o del temor de la condenación eterna y de las demás penas con que es amenazado el pecador. Tal conmoción de la conciencia puede ser el comienzo de una evolución interior que culmina, bajo la acción de la gracia, en la absolución sacramental. Sin embargo, por sí misma la contrición imperfecta no alcanza el perdón de los pecados graves, pero dispone a obtenerlo en el sacramento de la Penitencia (cf Concilio de Trento: DS 1678, 1705).
1454 Conviene preparar la recepción de este sacramento mediante un examen de conciencia hecho a la luz de la Palabra de Dios. Para esto, los textos más aptos a este respecto se encuentran en el Decálogo y en la catequesis moral de los evangelios y de las Cartas de los Apóstoles: Sermón de la montaña y enseñanzas apostólicas (Rm 12-15; 1 Co 12-13; Ga 5; Ef 4-6).